viernes, 7 de enero de 2011

Los días contados del canon digital


Josep Jover, el abogado que derrotó a las entidades de gestión en Europa, advierte la justificación de la tasa ya no se sostiene tras la sentencia del TJUE

Alberto OJEDA | Publicado el 06/01/2011

Josep Jover es el abogado que le ganó el pulso del canon digital a las entidades de gestión españolas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Él asesoró jurídicamente a la pequeña tienda de productos informáticos que se rebeló contra el pago forzoso de esta tasa, que pretende indemnizar a los autores por las copias ilícitas de sus obras (en cedés, discos duros, lápices USB, deuvedés...). Los jueces comunitarios le dieron la razón. En sentencia del 21 de octubre de 2010 determinaron que cobrarla a empresas, profesionales y administraciones públicas contradecía la normativa europea y, en consecuencia, su aplicación indiscriminada en España debía corregirse.

Detectives tras sus pasos
La SGAE, y las otras entidades de gestión que se personaron en el proceso (AIE, AGEDI, CEDRO y EGEDA), perdieron así una importante fuente de ingresos. Cuenta Jover que ser la cabeza visible de este proceso le ha supuesto alguna que otra desagradable sorpresa. Como ser perseguido por detectives presuntamente pagados por la SGAE. “Me lo advirtió un medio de comunicación que me hizo una entrevista. Se enteraron porque ellos también los habían contratado para otro asunto y me lo contaron”, explica.

El fallo del TJUE obliga al Gobierno a mover sus fichas. Tiene que reformar la regulación de la “compensación equitativa por copia privada” (denominación técnica del canon digital). Su primer paso es la reunión que ha convocado para el próximo miércoles. Asistirán el director general de telecomunicaciones y Sociedad de la Información, Juan Junquera; el de la patronal tecnológica AMETIC, José Pérez; el de Industrias Culturales de Cultura, Santos Castro, así como técnicos de la SGAE.

El fin de la copia privada
Jover, presidente de APEMIT (Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías) lamenta una paradoja: “Nosotros, que hemos propiciado la reforma legal, nos quedamos fuera de la negociación”. Y advierte: “Es un error porque no se dan cuenta que el cumplimiento real de lo que ellos acuerden depende de nosotros”. Pero el jurista catalán no se limita a cuestionar la formulación legislativa del canon y le da otra vuelta de tuerca al entuerto que plantea: “La realidad es que la copia privada es una costumbre que está en franca decadencia y que seguramente acabe desapareciendo”.

Este vaticinio lo funda en el hecho de que el acceso a películas o canciones se realiza cada vez más a través de sistemas como el streaming, que no requiere completar una descarga sobre soporte alguno (ni sobre un cedé, ni sobre un lápiz USB, ni sobre un disco duro...). La implantación y avance de esta modalidad (y otras análogas) de distribución de archivos de audio y de vídeos diluye el hábito de la copia privada y, por tanto, debilita también la justificación del canon.

Los estragos del canon en el sector informático
Jover lamenta “los estragos” que esta tasa ha ocasionado en el sector informático. “Cuando asumí la presidencia de APEMIT eran alrededor de 1.500 negocios los que estaban asociados y abiertos al público. Ahora rondan los 500. En total se han perdido unos 50.000 puestos de trabajo”. Si se le pregunta qué incidencia ha tenido el canon en estas desastrosas cifras, pone un ejemplo muy significativo: “En una tienda gravada con el canon un paquete de 100 deuvedés cuesta unos 130 euros. En un chino, que no paga el canon, puede costar unos 35. Cada deuvedé, tras la regulación de 2006, está gravado con 76 céntimos”.

Ya son varias instituciones públicas las que han encargado Jover que exija ante los tribunales la devolución del cobro (indebido, según el TJUE) del canon. En esas reclamaciones se le abre un frente inquietante a las entidades de gestión. Si la administración de Justicia estima procedente el reembolso retroactivo, es muy posible que las reclamaciones sean muy numerosas. Además, Jover cree que él último reducto fuera de la exención de pagar canon, las personas físicas, también tienen sus opciones jurídicas para librarse de esta carga fiscal. “El TJUE dice que entre la obligación pagar el canon y la copia privada debe haber una relación de causa y efecto. Hacer la copia debe implicar el pago del canon. Pero si la persona física demuestra que el soporte adquirido no lo va a destinar a copiar contenidos protegidos (porque por ejemplo lo va a utilizar sólo para sus tareas académicas), entonces está en su derecho de negarse a pagarlo”.

Denucia de "apropiación indebida"
El trabajo de Jover en este campo parece inagotable. De hecho, el próximo lunes tiene previsto presentar en el Senado un informe en el que denuncia, a partir de datos oficiales de la Comisión Nacional de Competencia, una supuesta “apropiación indebida” de fondos recaudados por las entidades de gestión. En particular, aquellos pertenecientes a autores que es imposible identificar o cuya obra pertenece ya al dominio público. “Es un dinero que cuando ha prescrito el derecho a reclamarlo, en lugar de devolverlo a quien lo ha pagado, se lo quedan”, afirma. En ese informe, Jover exige una mayor fiscalización del 20% de los recursos obtenidos en concepto de canon y que según la ley deben servir para “financiar actividades asistenciales de sus socios y a fomento de la cultura”.El Cultural.es-copio y pego