jueves, 29 de enero de 2009

Acción pro Cultura libre


n 29th, 2009

Time posted: 18:12

by Eme

Este año va a ser crucial en la lucha de nuestros derechos. Ya hemos visto como el ministro de cultura se la chupa a las discográficas cada vez que se lo piden (y con fondos públicos). Que quieran limitar las descargas va contra nuestro derecho fundamental de poder divulgar nuestras creaciones. He decidido pasar a la acción.

Adjunto un documento donde se pide que se legisle en favor de la cultura libre, de su creación y de su difusión, respetando la Constitución Española. Quien quiera se lo pùede descargar (lo tiene en formato Open Office y Word-convertido desde Open Office- para que lo imprima) y distribuya para recoger firmas en papel. Podéis llevarlas a tiendas de informática, establecimientos de hostelería, gimnasios, etc….con llegar a medio millón vale, pero mejor si las sobrepasamos.

Cuantas más firmas se recojan mejor. El Swing Café Jazz Copyleft se ha prestado generosamente para recibir las hojas de firmas y luego entre los dos se las llevaremos al Presidente del Gobierno.

La dirección de envio de las hojas de firmas es:

Swing cafe-copyleft.

Calle la plata 17-19.local b, Alcalá de Guadaira 41500 Sevilla

Descargar hoja de firmas (Open Office document)

Descargar hoja de frmas (Documento Word)

viernes, 23 de enero de 2009

pongo esta foto con todo el dolor de mi corazon.
Slynation - 23 de enero
Me hace mucha gracia leer la entrevista de Teddy Bautista en el ABC, empezando por su respuesta a la primera pregunta, en la que afirma algo tan inter...copio y pego

martes, 20 de enero de 2009

La SGAE cobra derechos por música del siglo XII

Publicado por Redacción el 20 de Enero del 2009

tocadiscos
Como ya os contamos hace un tiempo, la SGAE no puede cobrar por los derechos de obras que no gestiona. Pero en aquel mismo artículo también os contábamos que, según esta entidad privada, “el repertorio de obras gestionadas por la SGAE es irrelevante”. La cuestión es cobrar cada vez que se interprete o reproduzca en público alguna pieza musical, incluso algunas compuestas en el siglo XII.

Y es que, según cuenta Alberto García Reyes en el diario ABC, el repertorio de canciones protegidas por la SGAE incluye composiciones musicales del folclore español con cientos de años de antigüedad, algunas de autoría anónima. Y que, sin embargo, aparecen registradas como composiciones originales del siglo XX. Parece una broma, pero en dicha lista figuran incluso jotas y villancicos, con más años que “el andar p’alante”, como se dice popularmente.

Para entender bien el asunto, primero conviene distinguir entre composición original y adaptación. Un buen caso ilustrativo es El Vito, un canto popular andaluz que data del siglo XVII. Esta obra aparece en el listado de la SGAE con el registro “Dominio Público”. Es decir, es de libre uso (gratuito, para entendernos). Pero también aparecen un centenar de registros de esta misma obra, catalogadas según ABC como “obra de dominio público sobre la que se realiza una versión”.

Es decir, adaptaciones. Y por éstas sí que hay que pagar, en el caso de que alguien quiera reproducirlas o interpretarlas en público. Entre dichas adaptaciones, aparecen personajes como el mismo Federico García Lorca, que grabó El Vito en 1931, dentro de una obra titulada “Colección de Canciones Populares Antiguas”. El mismo poeta puntualiza en dicha obra que él no es el autor de la obra. Y sin embargo, la SGAE sí que lo considera como tal, y los derechos de gestión por esta pieza están cubiertos hasta 2011.

juglar
Normalmente, los derechos de explotación por obras musicales caducan en menos de cien años. Pero en el caso de El Vito, éstos se han alargado artificialmente por más de tres siglos. Y no es el caso más alarmante. La noticia de ABC también habla de “romances fronterizos, poemas anónimos de los siglos XII a XV que fueron musicados por la tradición judía, mozárabe y sefardí”, en los que se ha usado la misma fórmula de adaptaciones posteriores. Y ya no por autores, sino por músicos intérpretes que no se dedicaron a la composición.

Llegados a este punto, más de uno podrá pensar que, en el caso de un conflicto con la SGAE por alguna de estas piezas musicales, bastaría con interpretar o reproducir la versión original, que es de Dominio Público. Pero el problema está en que la propia SGAE se reserva el derecho a alegar que, en realidad, se ha interpretado alguna de las versiones protegidas. Un claro ejemplo de ello lo encontramos en el litigio judicial entre dicha entidad privada y la Casa de la Memoria del Al-Andalus, un local de Sevilla.

La SGAE pide 60.000 euros a dicho establecimiento por realizar conciertos en los que se intepretaba música protegida. La dirección del local alega que las piezas reproducidas pertenecen a la tradición popular andaluza. En el juicio que se está desarrollando en los juzgados sevillanos, la SGAE aporta como prueba un informe técnico que cita la obra “Tengo el gusto tan colmao”, registrada por tres autores. Pero en el archivo de la propia entidad dicha obra también aparece con una entrada de Dominio Público.
flamenco
Lo más flagrante del caso es la forma en que se elabora dicho informe. Éste lo realiza un empleado de la propia SGAE, quien ni siquiera presencia el concierto en directo. Simplemente, entrega un formulario a los artistas antes de la actuación, consulta la base de datos de la SGAE y emite una factura en la que, según ABC, “casi nunca se detalla el listado de registros concretos por los que se cobra”. El único contacto de este inspector con el concierto es un vídeo grabado del mismo, también aportado como prueba en el juicio.

Así es como actúa la SGAE. Una entidad privada que recauda un impuesto público como el canon digital. Una entidad que se preocupa mucho por hacer cumplir sus derechos (espiar en bodas, contratar detectives privados, exigir dinero a empresas de autobuses, negociar con los operadores de Internet…), pero que no vigila con el mismo recelo sus deberes.

Y no lo decimos sólo por el escaso control que el Gobierno hace sobre sus cuentas, recientemente exigido por el Senado, sino por la aclaración que aparece en la propia página de consultas del repertorio de obras protegidas: “SGAE no establece garantías o manifestaciones de ninguna clase con respecto a su exactitud. Nuestra base de datos muestra los nombres de los intérpretes de la obras musicales a título orientativo”. La entidad elude toda responsabilidad “por cualquier omisión u error contenido en esta base de datos”.

Imaginemos que, en un establecimiento de cambio de divisas, se nos da un cambio distinto al establecido legalmente. En ese caso, podríamos denunciar el caso y tendríamos la ley a nuestro favor. Pero si estos establecimientos funcionasen como la SGAE, la persona que nos atiende podría decirnos, “lo siento, no nos hacemos responsables si nuestro registro de cotización de las monedas es incorrecto”, y quedarse tan pancho. La diferencia es que la vigilancia de las instituciones sobre este tipo de establecimientos es muy rígida, mientras que sobre la SGAE es prácticamente inexistente.
mazo-juez
La última esperanza está en que, en casos como el de la Casa de la Memoria de Al-Andalus, los jueces apliquen el sentido común. Y precísamente ha sido una juez quien, como cuenta Manuel M. Almeida en Mangas Verdes, ha dictaminado que asociar los términos “robo” y “ladrones” al canon digital y a la SGAE no atenta contra el derecho al honor de nadie. Según la magistrada, son términos que “reflejan el sentir de un sector de la sociedad”. Y, por tanto, la libertad de expresión prevalece sobre el derecho al honor. Ojalá que cunda el ejemplo.

Vía: ABC.es / Mangas Verdes copio y pego

jueves, 15 de enero de 2009

Un tribunal de Madrid reconoce el derecho a llamar "cueva de ladrones" a la SGAE


El tribunal de Primera Instancia de Madrid nº 59 ha dirimido que llamar "cueva de ladrones" a la SGAE no es delito. La entidad de Teddy Bautista denunció a la CNT "por intromisión ilegítima en el derecho al honor" en un comunicado colgado en su web. Pero se ha desestimado la demanda "por ser una cuestión que está en la calle" y "por afectar a los consumidores en general". Esta sentencia puede suponer un antes y un después en el movimiento anticanon.

La sentencia dice lo siguiente:

"Debe prevalecer la libertad de expresión cuando, como aquí sucede, las retribuciones económicas que la actora (SGAE) obtiene por la aplicación del canon a determinados soportes motiva siempre polémica y posturas enfrentadas entre los distintos sectores de la sociedad".

De este modo, la SGAE deberá abonar en concepto de indemnización la cantidad de 9.000 euros más sus intereses legales junto a la imposición de costas procesales a la parte demandada.

Una decisión que podría sentar jurisprudencia para posteriores pleitos de la asocación de gestión de los derechos de autor. Que tomen nota en el Festival de los Pirineos, la Junta Festera de El Campello, o la Feria de Abril, entre muchos otros.

El tribunal de Madrid podría estar abriendo una senda para futuros juicios contra la SGAE, ya que se reconoce que la Ley de Propiedad Intelectual y el canon digital "están en la calle, sometidas a debate, con posibilidad de contradicción y crítica".

"Un sector de la sociedad que entiende que el sistema que utiliza la actora (SGAE) para financiarse es desproporcionado y excesivo y que se está produciendo un enriquecimiento injusto (sea incierto o no) en detrimento de su propio patrimonio, al verse éste gravado con un canon que la SGAE aplica de forma indiscriminada".

Actualidad digital.copio y pego

martes, 13 de enero de 2009

GANA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SENTENCIA SGAE Vs CNT
13-01-2009 FALLO : Que desestimo la demanda interpuesta por el procurador/ D/Dña José MAría Murua Fernandez en nombre y representación de SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES contra CONFEDERACION NACIONAL DEL TRABAJO representado/a por el/la Procurador/a VICTORIA BRUALLA COMEZ DE LA TORRE y condeno a la actora al abono de las costas causadas. ACTUALIZADO: La CNT obtiene un veredicto favorable frente a la SGAE
Asociación de Internautas.copio y pego

lunes, 12 de enero de 2009


EN COMPENSACIÓN POR NADA
12-01-2009 La SGAE cobra al festival folclórico de Jaca por obras que son de dominio público La mayoría de esos certámenes eluden el pago porque o es música tradicional de siempre o no tienen autor. El Festival de los Pirineos, es uno de los más importantes del mundo. Desde hace 44 años Jaca recibe a grupos de folclore de todo el planeta. Y también acoge a los mejores Coros y Danzas de España.

jueves, 8 de enero de 2009


Tribuna libre
08-01-2009 La indefensión social es un hecho constatable en muchos frentes, y no lo sería tanto si el Gobierno no actuara como lo viene haciendo desde hace años. Los autores tenemos nuestros derechos, y tenemos unas entidades que vigilan porque se cumplan los principios recogidos en la Ley de Propiedad Intelectual. Pero los autores también entendemos que nuestro cine, nuestra música, nuestros textos, nuestras fotografías… son bienes de consumo que están en circulación porque así lo hemos querido. Y lo que buscamos, básicamente, es que cada una de nuestras obras llegue al mayor número de ciudadanos.Asociación de Internsutas.copio y pego

martes, 6 de enero de 2009

OPINIÓN DE BORJA PRIETO


¿Yo pirata? Tú corsario

06-01-2009 A ningún Gobierno le gusta que un grupo de gente viva libre, sin aceptar jefes y sin más reglas que las imprescindibles. Si además comercian con quien quiera comprar lo que ofrecen, sin pagar impuestos, se convierten en enemigos a perseguir.Asociación de Internauta.copio y pego